2007/457/CE: Decisión de la Comisión, de 21 de junio de 2007 , por la que se modifican las Decisiones 2001/689/CE, 2002/739/CE, 2002/740/CE, 2002/741/CE y 2002/747/CE al objeto de prorrogar la vigencia de los criterios ecológicos para la concesión de la etiqueta ecológica comunitaria a determinados productos [notificada con el número C(2007) 3128] (Texto pertinente a efectos del EEE)
DO L 173 de 3.7.2007, p. 29/30 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)
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Decisión de la Comisión
de 21 de junio de 2007
por la que se modifican las Decisiones 2001/689/CE, 2002/739/CE, 2002/740/CE, 2002/741/CE y 2002/747/CE al objeto de prorrogar la vigencia de los criterios ecológicos para la concesión de la etiqueta ecológica comunitaria a determinados productos
[notificada con el número C(2007) 3128]
(Texto pertinente a efectos del EEE)
(2007/457/CE)
LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,
Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,
Visto el Reglamento (CE) no 1980/2000 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de julio de 2000, relativo a un sistema comunitario revisado de concesión de etiqueta ecológica [1], y, en particular, su artículo 6, apartado 1, párrafo segundo,
Previa consulta al Comité de la etiqueta ecológica de la Unión Europea,
Considerando lo siguiente:
(1) Los criterios ecológicos establecidos en la Decisión 2001/689/CE de la Comisión, de 28 de agosto de 2001, por la que se establecen los criterios ecológicos para la concesión de la etiqueta ecológica comunitaria a los lavavajillas [2], expiran el 28 de agosto de 2007.
(2) La Decisión 2002/739/CE de la Comisión, de 3 de septiembre de 2002, por la que se establecen los criterios ecológicos revisados para la concesión de la etiqueta ecológica comunitaria a las pinturas y barnices de interior y por la que se modifica la Decisión 1999/10/CE [3], expira el 31 de agosto de 2007.
(3) La Decisión 2002/740/CE de la Comisión, de 3 de septiembre de 2002, por la que se establecen criterios ecológicos revisados para la concesión de la etiqueta ecológica comunitaria a los colchones y se modifica la Decisión 98/634/CE [4], expira el 31 de agosto de 2007.
(4) La Decisión 2002/741/CE de la Comisión, de 4 de septiembre de 2002, por la que se establecen los criterios ecológicos revisados para la concesión de la etiqueta ecológica al papel para copias y al papel gráfico y por la que se modifica la Decisión 1999/554/CE [5], expira el 31 de agosto de 2007.
(5) Los criterios ecológicos establecidos en la Decisión 2002/747/CE de la Comisión, de 9 de septiembre de 2002, por la que se establecen criterios ecológicos revisados para la concesión de la etiqueta ecológica comunitaria a las bombillas eléctricas y se modifica la Decisión 1999/568/CE [6], expiran el 31 de agosto de 2007.
(6) De conformidad con el Reglamento (CE) no 1980/2000, se ha procedido a su debido tiempo a la revisión de los criterios ecológicos y de los requisitos correspondientes de evaluación y verificación establecidos en esas Decisiones.
(7) A la luz de la revisión de esos criterios y requisitos, conviene prorrogar en los cinco casos la vigencia de los criterios ecológicos y requisitos por un período de 18 meses.
(8) Dado que la obligación de revisión prevista en el Reglamento (CE) no 1980/2000 se limita a los criterios ecológicos y a los requisitos de evaluación y verificación, conviene que las Decisiones 2001/689/CE, 2002/739/CE, 2002/740/CE, 2002/741/CE y 2002/747/CE sigan vigentes.
(9) Por tanto, las Decisiones 2001/689/CE, 2002/739/CE, 2002/740/CE, 2002/741/CE y 2002/747/CE deben modificarse en consecuencia.
(10) Las medidas previstas en la presente Decisión se ajustan al dictamen del Comité creado por el artículo 17 del Reglamento (CE) no 1980/2000.
HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:
Artículo 1
El artículo 3 de la Decisión 2001/689/CE se sustituye por el texto siguiente:
"Artículo 3
Los criterios ecológicos aplicables a la categoría de productos "lavavajillas", así como los requisitos de evaluación y verificación correspondientes, serán válidos hasta el 28 de febrero de 2009.".
Artículo 2
El artículo 5 de la Decisión 2002/739/CE se sustituye por el texto siguiente:
"Artículo 5
Los criterios ecológicos aplicables a la categoría de productos "pinturas y barnices de interior", así como los requisitos de evaluación y verificación correspondientes, serán válidos hasta el 28 de febrero de 2009.".
Artículo 3
El artículo 5 de la Decisión 2002/740/CE se sustituye por el texto siguiente:
"Artículo 5
Los criterios ecológicos aplicables a la categoría de productos "colchones", así como los requisitos de evaluación y verificación correspondientes, serán válidos hasta el 28 de febrero de 2009.".
Artículo 4
El artículo 5 de la Decisión 2002/741/CE se sustituye por el texto siguiente:
"Artículo 5
Los criterios ecológicos aplicables a la categoría de productos "papel para copias y papel gráfico", así como los requisitos de evaluación y verificación correspondientes, serán válidos hasta el 28 de febrero de 2009.".
Artículo 5
El artículo 5 de la Decisión 2002/747/CE se sustituye por el texto siguiente:
"Artículo 5
Los criterios ecológicos aplicables a la categoría de productos "bombillas eléctricas", así como los requisitos de evaluación y verificación correspondientes, serán válidos hasta el 28 de febrero de 2009.".
Artículo 6
Los destinatarios de la presente Decisión serán los Estados miembros.
Hecho en Bruselas, el 21 de junio de 2007.
Por la Comisión
Stavros Dimas
Miembro de la Comisión
[1] DO L 237 de 21.9.2000, p. 1.
[2] DO L 242 de 12.9.2001, p. 23. Decisión modificada por la Decisión 2005/783/CE (DO L 295 de 11.11.2005, p. 51).
[3] DO L 236 de 4.9.2002, p. 4.
[4] DO L 236 de 4.9.2002, p. 10.
[5] DO L 237 de 5.9.2002, p. 6.
[6] DO L 242 de 10.9.2002, p. 44. Decisión modificada por la Decisión 2005/384/CE (DO L 127 de 20.5.2005, p. 20).
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