2007/83/CE: Decisión de la Comisión, de 5 de febrero de 2007 , por la que se modifica la Decisión 2006/415/CE en lo concerniente a determinadas medidas de protección en relación con la gripe aviar altamente patógena de subtipo H5N1 en aves de corral en el Reino Unido [notificada con el número C(2007) 404] (Texto pertinente a efectos del EEE )
Diario Oficial n° L 033 de 07/02/2007 p. 0004 - 0006
Decisión de la Comisión de 5 de febrero de 2007 por la que se modifica la Decisión 2006/415/CE en lo concerniente a determinadas medidas de protección en relación con la gripe aviar altamente patógena de subtipo H5N1 en aves de corral en el Reino Unido [notificada con el número C(2007) 404] (Texto pertinente a efectos del EEE) (2007/83/CE) LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS, Vista la Directiva 89/662/CEE del Consejo, de 11 de diciembre de 1989, relativa a los controles veterinarios aplicables en los intercambios intracomunitarios con vistas a la realización del mercado interior [1], y, en particular, su artículo 9, apartado 3, Vista la Directiva 90/425/CEE del Consejo, de 26 de junio de 1990, relativa a los controles veterinarios y zootécnicos aplicables en los intercambios intracomunitarios de determinados animales vivos y productos con vistas a la realización del mercado interior [2], y, en particular, su artículo 10, apartado 3, Considerando lo siguiente: (1) La Decisión 2006/415/CE de la Comisión, de 14 de junio de 2006, relativa a determinadas medidas de protección en relación con la gripe aviar altamente patógena de subtipo H5N1 en aves de corral de la Comunidad, y por la que se deroga la Decisión 2006/135/CE [3], establece determinadas medidas de protección a fin de impedir la propagación de la gripe aviar en partes de la Comunidad libres de la enfermedad por el desplazamiento de aves o sus productos. (2) El Reino Unido ha notificado un brote de gripe aviar altamente patógena H5N1 en aves de corral en su territorio, y ha tomado las medidas apropiadas en el marco de la Decisión 2006/415/CE, incluido el establecimiento de zonas A y B, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 4 de dicha Decisión. (3) La Comisión considera que las fronteras de las zonas A y B establecidas por la autoridad competente del Reino Unido están situadas a una distancia suficiente de la localización efectiva del brote. En consecuencia, las zonas A y B del Reino Unido pueden ser confirmadas y puede fijarse la duración de la regionalización. (4) Por tanto, es necesario modificar la Decisión 2006/415/CE en consecuencia. (5) Las medidas previstas en la presente Decisión se ajustan al dictamen del Comité Permanente de la Cadena Alimentaria y de Sanidad Animal. HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN: Artículo 1 El anexo de la decisión 2006/415/CE queda modificado conforme al texto del anexo de la presente Decisión. Artículo 2 Los destinatarios de la presente Decisión serán los Estados miembros. Hecho en Bruselas, el 5 de febrero de 2007. Por la Comisión Markos Kyprianou Miembro de la Comisión [1] DO L 395 de 30.12.1989, p. 13. Directiva modificada en último lugar por la Directiva 2004/41/CE (DO L 157 de 30.4.2004, p. 33). Versión corregida en el DO L 195 de 2.6.2004, p. 12. [2] DO L 224 de 18.8.1990, p. 29. Directiva modificada en último lugar por la Directiva 2002/33/CE del Parlamento Europeo y del Consejo (DO L 315 de 19.11.2002, p. 14). [3] DO L 164 de 16.6.2006, p. 51. Decisión modificada por la Decisión 2007/79/CE (DO L 26 de 2.2.2007, p. 5). -------------------------------------------------- ANEXO El anexo de la Decisión 2006/415/CE queda modificado como sigue: 1) El siguiente texto se añade a la parte A: "Código ISO de país | Estado miembro | Zona A | Fecha hasta la que es aplicable el artículo 4, apartado 4, letra b), inciso iii) | Código (si existe) | Nombre | UK | REINO UNIDO | | | 12.3.2007 | Zona de protección | 00154 | Parte del condado de Suffolk incluida en un perímetro de tres kilómetros de radio, cuyo centro se sitúa en las coordenadas cartográficas TM4009079918 [1]. | Zona de vigilancia | 00154 | Parte del condado de Suffolk incluida en un perímetro de tres kilómetros de radio, cuyo centro se sitúa en las coordenadas cartográficas TM4009079918 [1]. | 2) El siguiente texto se añade a la parte A: "Código ISO de país | Estado miembro | Zona B | Fecha hasta la que es aplicable el artículo 4, apartado 4, letra b), inciso iii) | Código (si existe) | Nombre | UK | REINO UNIDO | | | 12.3.2007 | 00154 00162 | Partes de los condados de Norfolk y Suffolk situadas dentro de los siguientes límites: A partir de la referencia cartográfica TM357400 [2], se sigue una carretera comarcal en dirección oeste hasta un cruce situado en la referencia cartográfica TM346400 [2]. Se gira a la derecha para tomar la B1083 y se continúa hacia el norte a lo largo de la B1083 hasta la rotonda situada en la referencia cartográfica TM292500 [2]. Se gira a la izquierda para tomar la autopista A1152 y se continúa hacia el oeste y después hacia el sur hasta la rotonda situada en la referencia cartográfica TM259493 [2].Se gira a la derecha para tomar la B1079 y se continúa hacia el oeste y después hacia el noroeste hasta el cruce situado en la referencia cartográfica TM214538 [2]. Se gira a la izquierda y se sigue la B1078 en dirección oeste hasta el cruce con la A140 (T) situado en la referencia cartográfica TM111548 [2]. Se gira a la derecha y se continúa hacia el norte a lo largo de la A140 (T) hasta el cruce con la A47 (T) situado en la coordenada cartográfica TG219038 [2].Se gira a la derecha y se continúa hacia el noreste y después al este a lo largo de la A47 (T) hasta la rotonda situada en la referencia cartográfica TG518084 [2].Se gira para tomar la A149 y se continúa hacia el sudoeste hasta el cruce situado en la referencia cartográfica TG521080 [2]. Se sigue la B1141 en dirección sudeste hasta un cruce con una carretera comarcal situado en la referencia cartográfica TG525078 [2].Se gira a la izquierda para tomar la carretera comarcal y se continúa hacia el este hasta un cruce con otra carretera comarcal en la costa situado en la referencia cartográfica TG531079 [2] [el límite se extiende directamente en dirección este hasta la costa situada en la referencia cartográfica TG532078 [2] y sigue la costa hacia el sur hasta la referencia cartográfica TM357400 [2]]. | [*] Coordenadas cartográficas nacionales británicas." [**] Coordenadas cartográficas nacionales británicas." --------------------------------------------------