32006E0413


Título y referencia

Acción Común 2006/413/PESC del Consejo, de 12 de junio de 2006 , por la que se modifica y prorroga la Acción Común 2005/190/PESC sobre la Misión Integrada de la Unión Europea por el Estado de Derecho en Iraq, EUJUST LEX

 DO L 163 de 15.6.2006, p. 17/18 (ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, IT, LV, LT, HU, NL, PL, PT, SK, SL, FI, SV)
 DO L 352M de 31.12.2008, p. 446/447 (MT)
 edición especial en búlgaro: Capítulo 18 Tomo 05 p. 139 - 140
 edición especial en rumano: Capítulo 18 Tomo 05 p. 139 - 140

 CS  DA  DE  EL  EN  ES  ET  FI  FR  HU  IT  LT  LV  NL  PL  PT  SK  SL  SV

Texto

BG ES CS DA DE ET EL EN FR GA IT LV LT HU MT NL PL PT RO SK SL FI SV
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Visualización bilingüe: BG CS DA DE EL EN ES ET FI FR HU IT LT LV NL PL PT RO SK SL SV

Acción Común 2006/413/PESC del Consejo

de 12 de junio de 2006

por la que se modifica y prorroga la Acción Común 2005/190/PESC sobre la Misión Integrada de la Unión Europea por el Estado de Derecho en Iraq, EUJUST LEX

EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de la Unión Europea, y en particular su artículo 14 y el párrafo tercero de su artículo 25,

Considerando lo siguiente:

(1) El 7 de marzo de 2005 el Consejo adoptó la Acción Común 2005/190/PESC sobre la Misión Integrada de la Unión Europea por el Estado de Derecho de Iraq, EUJUST LEX [1]. Dicha Acción Común expira el 30 de junio de 2006.

(2) El 18 de julio de 2005 el Consejo saludó el lanzamiento de EUJUST LEX y el compromiso de la Comisión de iniciar los preparativos sobre el trabajo complementario en este ámbito. Teniendo en cuenta las necesidades establecidas por Iraq, en particular en los sectores del Estado de Derecho y de los derechos humanos, el Consejo invitó a los organismos del Consejo pertinentes a que estudiaran qué nuevas medidas de seguimiento podría adoptar la UE para ayudar a Iraq a hacer frente a estas necesidades.

(3) El 7 de noviembre de 2005 el Consejo elogió la labor de EUJUST LEX y tomó nota de la petición del Gobierno iraquí de transición de prorrogar la misión al término de su mandato actual y de ampliar el alcance de la formación proporcionada. El Consejo reiteró su apoyo a los preparativos de la Comisión para emprender el trabajo complementario en este ámbito.

(4) El Consejo Europeo celebrado los días 15 y 16 de diciembre de 2005 reiteró su compromiso respecto al apoyo a la reconstrucción de Iraq, incluido a través de EUJUST LEX.

(5) El 15 de mayo de 2006 el Consejo declaró su disposición a prorrogar las actividades de EUJUST LEX más allá de su mandato actual, en respuesta a las necesidades y peticiones iraquíes.

(6) El 12 de junio de 2006, una vez revisada la misión por parte del Secretario General/Alto Representante, el Consejo convino prorrogar EUJUST LEX durante otros 18 meses tras la expiración del mandato actual, hasta el 31 de diciembre de 2007. La presente Acción Común debe incluir la primera fase de esta prórroga hasta el 31 de octubre de 2006.

(7) Procede modificar en consecuencia la Acción Común 2005/190/PESC.

HA ADOPTADO LA PRESENTE ACCIÓN COMÚN:

Artículo 1

La Acción Común 2005/190/PESC se modifica como sigue:

1) El artículo 5, apartado 3, se sustituye por el siguiente:

"3. EUJUST LEX desarrollará todos los instrumentos técnicos necesarios para su ejecución. El Jefe de Misión elaborará las modificaciones del OPLAN de conformidad con el CONOPS modificado, teniendo en cuenta esas modificaciones una evaluación completa del riesgo.".

2) El artículo 11, apartado 3, se sustituye por el siguiente:

"3. Dada la situación particular de la seguridad en Iraq, los servicios se prestarán en Bagdad mediante los contratos suscritos por el Reino Unido con las empresas que prestan y facturan dichos servicios. El presupuesto de EUJUST LEX cubrirá estos gastos hasta un máximo de 2500000 euros. El Reino Unido, en consulta con el Jefe de Misión, proporcionará al Consejo la información adecuada sobre dichos gastos.".

3) El párrafo segundo del artículo 14 se sustituye por el siguiente:

"La presente Acción Común expirará el 31 de octubre de 2006.".

4) Se suprime el anexo.

Artículo 2

La presente Acción Común entrará en vigor el día de su adopción.

Artículo 3

La presente Acción Común se publicará en el Diario Oficial de la Unión Europea.

Hecho en Luxemburgo, el 12 de junio de 2006.

Por el Consejo

La Presidenta

U. Plassnik

[1] DO L 62 de 9.3.2005. p. 37.

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