32006E0303


Título y referencia

Acción Común 2006/303/PESC del Consejo, de 25 de abril de 2006 , por la que se modifica y prorroga la Acción Común 2005/355/PESC relativa a la Misión de asesoramiento y asistencia de la Unión Europea en materia de reforma del sector de la seguridad en la República Democrática del Congo (RDC)

 DO L 112 de 26.4.2006, p. 18/18 (ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, IT, LV, LT, HU, NL, PL, PT, SK, SL, FI, SV)
 DO L 270M de 29.9.2006, p. 414/414 (MT)
 edición especial en búlgaro: Capítulo 18 Tomo 05 p. 23 - 23
 edición especial en rumano: Capítulo 18 Tomo 05 p. 23 - 23

 CS  DA  DE  EL  EN  ES  ET  FI  FR  HU  IT  LT  LV  NL  PL  PT  SK  SL  SV

Texto

BG ES CS DA DE ET EL EN FR GA IT LV LT HU MT NL PL PT RO SK SL FI SV
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Visualización bilingüe: BG CS DA DE EL EN ES ET FI FR HU IT LT LV NL PL PT RO SK SL SV

Acción Común 2006/303/PESC del Consejo

de 25 de abril de 2006

por la que se modifica y prorroga la Acción Común 2005/355/PESC relativa a la Misión de asesoramiento y asistencia de la Unión Europea en materia de reforma del sector de la seguridad en la República Democrática del Congo (RDC)

EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de la Unión Europea y, en particular, su artículo 14,

Considerando lo siguiente:

(1) El 2 de mayo de 2005 el Consejo adoptó la Acción Común 2005/355/PESC, relativa a la Misión de asesoramiento y asistencia de la Unión Europea en materia de reforma del sector de la seguridad en la República Democrática del Congo (RDC) [1] (EUSEC RD Congo), y posteriormente adoptó, el 1 de diciembre de 2005, la Acción Común 2005/868/PESC por la que se modifica la Acción Común 2005/355/PESC en lo referente a la ejecución de un proyecto de asistencia técnica relativo a la mejora de la cadena de pagos del Ministerio de Defensa de la RDC [2].

(2) El 2 de mayo de 2006 expira el mandato de la EUSEC RD Congo.

(3) El Comité Político y de Seguridad ha acordado prorrogar el mandato de la EUSEC RD Congo hasta finales del mes de junio de 2007 y adaptar la estructura de la Misión a la fase posterior a la transición en la RDC.

(4) La Acción Común 2005/355/PESC debe modificarse en consecuencia.

HA ADOPTADO LA PRESENTE ACCIÓN COMÚN:

Artículo 1

La Acción Común 2005/355/PESC queda modificada como sigue:

1) En el artículo 3, la letra b) se sustituye por el texto siguiente:

"b) expertos destacados, en particular, en los siguientes puestos clave de la administración congoleña:

- gabinete del Ministro de Defensa,

- Estado Mayor General,

- Estado Mayor de las fuerzas terrestres,

- Estado Mayor de las fuerzas navales,

- Estado Mayor de las fuerzas aéreas."

.

2) En el artículo 15, apartado 1, la fecha de aplicación se sustituye por la siguiente:

" 30 de junio de 2007".

Artículo 2

El importe de referencia financiera destinado a los gastos relacionados con la Misión durante el período comprendido entre el 3 de mayo de 2006 y el 30 de junio de 2007 será de 4750000 EUR.

Artículo 3

La presente Acción Común surtirá efecto el día de su adopción.

Artículo 4

La presente Acción Común se publicará en el Diario Oficial de la Unión Europea.

Hecho en Luxemburgo, el 25 de abril de 2006.

Por el Consejo

El Presidente

J. Pröll

[1] DO L 112 de 3.5.2005, p. 20.

[2] DO L 318 de 6.12.2005, p. 29.

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