Resolución del Consejo de 28 de enero de 2002 relativa al fortalecimiento de la cooperación en materia de formación en el ámbito de la protección civil
DO C 43 de 16.2.2002, p. 1/2 (ES, DA, DE, EL, EN, FR, IT, NL, PT, FI, SV)
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Resolución del Consejo
de 28 de enero de 2002
relativa al fortalecimiento de la cooperación en materia de formación en el ámbito de la protección civil
(2002/C 43/01)
EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,
RECORDANDO la Resolución del Consejo y de los Representantes de los Gobiernos de los Estados miembros, reunidos en el seno del Consejo, de 31 de octubre de 1994, relativa al fortalecimiento de la cooperación comunitaria en materia de protección civil y, en particular, el deseo allí manifestado de que pueda desarrollarse una cooperación entre escuelas y centros de formación nacionales que trabajen en el ámbito de la protección civil(1);
RECORDANDO la Resolución del Consejo y de los Representantes de los Gobiernos de los Estados miembros, reunidos en el seno del Consejo, de 26 de febrero de 2001, relativa al fortalecimiento de las capacidades de la Unión Europea en materia de protección civil, en la que se insistía en la conveniencia de que la cooperación entre escuelas y centros nacionales de formación activos en el ámbito de la protección civil progrese con mayor rapidez(2);
DESTACANDO que las iniciativas intergubernamentales destinadas a establecer dicha cooperación permiten ya determinar las necesidades y el contenido de esta cooperación, pero que ahora deben plasmarse de manera más concreta;
CONVENCIDO de la creciente importancia que tiene la formación a todos los niveles, como instrumento para mejorar la protección de los ciudadanos contra los riesgos naturales y tecnológicos;
RECORDANDO el deseo, reiteradamente manifestado por los países candidatos, de poder iniciar la cooperación con los Estados miembros y la Comisión en materia de formación en el ámbito de la protección civil;
CONSIDERANDO que, por eficacia, conviene mejorar la sinergia entre los programas y los cursos de formación destinados a las personas llamadas a desempeñar un papel en la ejecución de las intervenciones de los servicios de ayuda, con vistas a conseguir establecer programas comunes;
CONSIDERANDO que la creción a escala comunitaria de una red de escuelas y centros de formación activos en el ámbito de la protección civil en los Estados miembros, que sentaría las bases para por ejemplo la ulterior creación de una Escuela europea de protección civil que agrupara a esos centros de formación, podría acelerar la realización de la cooperación deseada;
CONSIDERANDO que las recientes Decisiones del Consejo en materia de protección civil y, en particular, la Decisión 2001/792/CE, Euratom del Consejo, de 23 de octubre de 2001, por la que se establece un mecanismo comunitario para facilitar una cooperación reforzada en las intervenciones de ayuda en el ámbito de la protección civil(3), constituyen un marco que facilitaría la creación de una red de escuelas y centros de formación activos en el ámbito de la protección civil en los Estados miembros, en particular mediante la cración de un proyecto piloto encargado de establecer esa red;
CONSIDERANDO que dicha red de escuelas y centros de formación podría también abarcar el importante proyecto de crear una Academia europea virtual de protección civil, así como el sistema de intercambio de expertos, desarrollado merced a los programas comunitarios de actuación en el ámbito de la protección civil,
INVITA A LA COMISIÓN:
(1) a examinar toda iniciativa encaminada a respaldar la creación de una red de escuelas y centros de formación activos en el ámbito de la protección civil en los Estados miembros para una primera fase piloto de tres años de duración, inspirándose en particular en la experiencia obtenida mediante las iniciativas relevantes desarrolladas merced a los programas comunitarios de actuación en el ámbito de la protección civil;
(2) a considerar la posibilidad de un respaldo financiero a esta iniciativa, sobre la base de las intervenciones financieras previstas para actividades educativas en la Decisión del Consejo de 9 de diciembre de 1999 por la que se crea un programa de acción comunitaria en favor de la protección civil(4) para el período comprendido entre el 1 de enero de 2000 y el 31 de diciembre de 2004 o mediante la Decisión del Consejo por la que se establece un mecanismo comunitario para facilitar una cooperación reforzada en las intervenciones de ayuda en el ámbito de la protección civil;
(3) a asociar a sus trabajos a los países candidatos;
(4) a tomar en consideración, al finalizar dicha fase piloto y a la vista de los resultados obtenidos, toda iniciativa encaminada a establecer la cooperación a largo plazo en materia de formación en el sector de la protección civil, por ejemplo mediante la creación de una Escuela europea de protección civil, que institucionalizaría la citada red.
(1) DO C 313 de 10.11.1994, p. 1.
(2) DO C 82 de 13.3.2001, p. 1.
(3) DO L 297 de 15.11.2001, p. 7.
(4) DO L 327 de 21.12.1999, p. 53.
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