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Document 32001D0505
2001/505/EC: Council Decision of 26 June 2001 on the accession of the European Community to United Nations Economic Commission for Europe Regulation No 105 on the approval of vehicles intended for the carriage of dangerous goods with regard to their specific constructional features
2001/505/CE: Decisión del Consejo, de 26 de junio de 2001, relativa a la adhesión de la Comunidad Europea al Reglamento n° 105 de la Comisión Económica para Europa de las Naciones Unidas sobre la homologación de los vehículos de transporte de mercancías peligrosas en lo que se refiere a sus características particulares de fabricación
2001/505/CE: Decisión del Consejo, de 26 de junio de 2001, relativa a la adhesión de la Comunidad Europea al Reglamento n° 105 de la Comisión Económica para Europa de las Naciones Unidas sobre la homologación de los vehículos de transporte de mercancías peligrosas en lo que se refiere a sus características particulares de fabricación
OJ L 183, 6.7.2001, p. 33–33
(ES, DA, DE, EL, EN, FR, IT, NL, PT, FI, SV)
Special edition in Czech: Chapter 07 Volume 005 P. 454 - 454
Special edition in Estonian: Chapter 07 Volume 005 P. 454 - 454
Special edition in Latvian: Chapter 07 Volume 005 P. 454 - 454
Special edition in Lithuanian: Chapter 07 Volume 005 P. 454 - 454
Special edition in Hungarian Chapter 07 Volume 005 P. 454 - 454
Special edition in Maltese: Chapter 07 Volume 005 P. 454 - 454
Special edition in Polish: Chapter 07 Volume 005 P. 454 - 454
Special edition in Slovak: Chapter 07 Volume 005 P. 454 - 454
Special edition in Slovene: Chapter 07 Volume 005 P. 454 - 454
Special edition in Bulgarian: Chapter 07 Volume 008 P. 90 - 90
Special edition in Romanian: Chapter 07 Volume 008 P. 90 - 90
Special edition in Croatian: Chapter 07 Volume 022 P. 18 - 18
In force
2001/505/CE: Decisión del Consejo, de 26 de junio de 2001, relativa a la adhesión de la Comunidad Europea al Reglamento n° 105 de la Comisión Económica para Europa de las Naciones Unidas sobre la homologación de los vehículos de transporte de mercancías peligrosas en lo que se refiere a sus características particulares de fabricación
Diario Oficial n° L 183 de 06/07/2001 p. 0033 - 0033
Decisión del Consejo de 26 de junio de 2001 relativa a la adhesión de la Comunidad Europea al Reglamento n° 105 de la Comisión Económica para Europa de las Naciones Unidas sobre la homologación de los vehículos de transporte de mercancías peligrosas en lo que se refiere a sus características particulares de fabricación (2001/505/CE) EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA, Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea, Vista la Decisión 97/836/CE del Consejo, de 27 de noviembre de 1997, relativa a la adhesión de la Comunidad Europea al Acuerdo de la Comisión Económica para Europa de las Naciones Unidas sobre la adopción de prescripciones técnicas uniformes aplicables a los vehículos de ruedas y los equipos y piezas que puedan montarse o utilizarse en éstos, y sobre las condiciones de reconocimiento recíproco de las homologaciones concedidas conforme a dichas prescripciones ("Acuerdo revisado de 1958")(1), y en particular el apartado 3 del artículo 3 y el segundo guión del apartado 2 de su artículo 4, Vista la propuesta de la Comisión(2), Visto el dictamen conforme del Parlamento Europeo(3), Considerando lo siguiente: (1) El objetivo de las prescripciones uniformes del Reglamento n° 105 de la Comisión Económica para Europa de las Naciones Unidas sobre la homologación de los vehículos de transporte de mercancías peligrosas en lo que se refiere a sus características particulares de fabricación es eliminar los obstáculos técnicos al comercio de vehículos de motor entre las Partes contratantes en lo que se refiere a las características particulares de fabricación de los vehículos de transporte de mercancías peligrosas y garantizar un nivel elevado de seguridad y protección del medio ambiente. (2) El Reglamento n° 105 ha sido notificado a las Partes contratantes y ha entrado en vigor respecto a todas las Partes contratantes que no han notificado su desacuerdo en la fecha o fechas que se especificaron como un Reglamento anejo al Acuerdo revisado de 1958. (3) El Reglamento n° 105 debe integrarse en el sistema comunitario de homologación de vehículos de motor, completando así la legislación vigente en la Comunidad. DECIDE: Artículo único La Comunidad Europea se adhiere al Reglamento n° 105 de la Comisión Económica para Europa de las Naciones Unidas sobre la homologación de los vehículos de transporte de mercancías peligrosas en lo que se refiere a sus características particulares de fabricación. El texto del Reglamento figura adjunto(4). Hecho en Luxemburgo, el 26 de junio de 2001. Por el Consejo El Presidente T. Östros (1) DO L 346 de 17.12.1997, p. 78. (2) DO C 274 E de 26.9.2000, p. 76. (3) Dictamen emitido el 15 de mayo de 2001 (no publicado aún en el Diario Oficial). (4) El Reglamento se publicará ulteriormente en el Diario Oficial.