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Document 31996D0284
96/284/EC: Commission Decision of 12 April 1996 establishing the list of measures to which Regulation (EEC) No 4045/89 of the Council does not apply
96/284/CE: Decisión de la Comisión, de 12 de abril de 1996, por la que se establece la lista de medidas a las que no se aplica el Reglamento (CEE) nº 4045/89 del Consejo
96/284/CE: Decisión de la Comisión, de 12 de abril de 1996, por la que se establece la lista de medidas a las que no se aplica el Reglamento (CEE) nº 4045/89 del Consejo
OJ L 107, 30.4.1996, p. 17–18
(ES, DA, DE, EL, EN, FR, IT, NL, PT, FI, SV)
No longer in force, Date of end of validity: 31/10/2000; derogado por 300R2311
Relation | Act | Comment | Subdivision concerned | From | To |
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Repealed by | 32000R2311 |
96/284/CE: Decisión de la Comisión, de 12 de abril de 1996, por la que se establece la lista de medidas a las que no se aplica el Reglamento (CEE) nº 4045/89 del Consejo
Diario Oficial n° L 107 de 30/04/1996 p. 0017 - 0018
DECISIÓN DE LA COMISIÓN de 12 de abril de 1996 por la que se establece la lista de medidas a las que no se aplica el Reglamento (CEE) n° 4045/89 del Consejo (96/284/CE) LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS, Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea, Visto el Reglamento (CEE) n° 4045/89 del Consejo, de 21 de diciembre de 1989, relativo a los controles, por los Estados miembros, de las operaciones comprendidas en el sistema de financiación por el Fondo Europeo de Orientación y Garantía Agraria, sección Garantía, y por el que se deroga la Directiva 77/435/CEE (1), cuya última modificación la constituye el Reglamento (CE) n° 3235/94 (2), y, en particular, el apartado 4 de su artículo 1, Considerando que el apartado 4 del artículo 1 del Reglamento (CEE) n° 4045/89 establece expresamente que deberá elaborarse una lista de medidas a las que no se aplique el Reglamento; que conviene incluir en dicha lista medidas que por su naturaleza resultan inadecuadas para una comprobación a posteriori mediante el control de los documentos comerciales; Considerando que las medidas previstas en la presente Decisión se ajustan al dictamen del Comité del Fondo, HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN: Artículo 1 El sistema de controles establecido en el Reglamento (CEE) n° 4045/89 no se aplicará a las medidas enumeradas en el Anexo de la presente Decisión. Artículo 2 Los destinatarios de la presente Decisión serán los Estados miembros. Hecho en Bruselas, el 12 de abril de 1996. Por la Comisión Franz FISCHLER Miembro de la Comisión (1) DO n° L 388 de 30. 12. 1989, p. 18. (2) DO n° L 338 de 28. 12. 1994, p. 16. ANEXO MEDIDAS A LAS QUE NO SE APLICA EL SISTEMA DE CONTROL ESTABLECIDO EN EL REGLAMENTO (CEE) N° 4045/89 DEL CONSEJO Reglamento (CEE) n° 1308/70 del Consejo, de 29 de junio de 1970, por el que se establece la organización común de mercados en el sector del lino y del cáñamo (DO n° L 146 de 4. 7. 1970, p. 1): medidas contempladas en el artículo 4, siempre que las ayudas se paguen a los productores. Reglamento (CEE) n° 1096/88 del Consejo, de 25 de abril de 1988, por el que se establece un régimen comunitario de fomento del cese de la actividad agrícola (DO n° L 110 de 29. 4. 1988, p. 1) Reglamento (CEE) n° 1442/88 del Consejo, de 24 de mayo de 1988, sobre la concesión para las campañas vitivinícolas de 1988/89 a 1995/96 de primas por abandono definitivo de las superficies vitícolas (DO n° L 132 de 28. 5. 1988, p. 3) Reglamento (CEE) n° 1196/90 del Consejo, de 7 de mayo de 1990, sobre el saneamiento de la producción comunitaria de mandarinas (DO n° L 119 de 11. 5. 1990, p. 55) Reglamento (CEE) n° 1200/90 del Consejo, de 7 de mayo de 1990, relativo a la mejora de la producción comunitaria de manzanas (DO n° L 119 de 11. 5. 1990, p. 63) Reglamento (CEE) n° 1703/91 del Consejo, de 13 de junio de 1991, por el que se crea un régimen temporal de retirada de tierras de cultivos herbáceos para la campaña de comercialización 1991/92 y por el que se establecen medidas especiales para esta campaña en el marco del régimen de retirada de tierras previsto por el Reglamento (CEE) n° 797/85 (DO n° L 162 de 26. 6. 1991, p. 1) Reglamento (CEE) n° 2328/91 del Consejo, de 15 de julio de 1991, relativo a la mejora de la eficacia de las estructuras agrarias (DO n° L 218 de 6. 8. 1991, p. 1): las siguientes secciones: >SITIO PARA UN CUADRO> Reglamento (CEE) n° 2078/92 del Consejo, de 30 de junio de 1992, relativo a los métodos de producción agrarios compatibles con las exigencias de protección del medio ambiente y conservación del espacio rural (DO n° L 215 de 30. 7. 1992, p. 85) Reglamento (CEE) n° 2079/92 del Consejo, de 30 de junio de 1992, por el que se establece un régimen comunitario de ayudas para la jubilación anticipada en la agricultura (DO n° L 215 de 30. 7. 1992, p. 91) Reglamento (CEE) n° 2080/92 del Consejo, de 30 de junio de 1992, por el que se establece un régimen comunitario de ayudas para las medidas forestales en la agricultura (DO n° L 215 de 30. 7. 1992, p. 96) Reglamento (CE) n° 2505/95 del Consejo, de 24 de octubre de 1995, relativo al saneamiento de la producción comunitaria de melocotones y nectarinas (DO n° L 258 de 28. 10. 1995, p. 1)