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Diario Oficial
de la Unión Europea

ES

Serie C


C/2025/3030

10.6.2025

Petición de decisión prejudicial planteada por la Cour de cassation du Grand-Duché de Luxembourg (Luxemburgo) el 21 de febrero de 2025 – QJ / Administration de l'enregistrement, des domaines et de la TVA, État du Grand-duché de Luxembourg

(Asunto C-158/25, AEDT y État du Grand-Duché de Luxembourg)

(C/2025/3030)

Lengua de procedimiento: francés

Órgano jurisdiccional remitente

Cour de cassation du Grand-Duché de Luxembourg

Partes en el procedimiento principal

Demandante: QJ

Demandada: Administration de l’enregistrement, des domaines et de la TVA, État du Grand-duché de Luxembourg

Cuestiones prejudiciales

1)

¿Es aplicable la Carta de los Derechos Fundamentales, y en particular su artículo 47, a la luz de los criterios establecidos en el artículo 51, apartado 1, de la misma, a la regulación mediante la legislación nacional de la responsabilidad solidaria de los administradores de sociedades, por incumplimiento culpable de las obligaciones que les incumben, de pagar el IVA adeudado por la sociedad que administran?

2)

En caso de respuesta afirmativa a la primera cuestión prejudicial, ¿debe interpretarse el artículo 47 de la Carta en el sentido de que confiere a los administradores que son requeridos al pago en calidad de garantes la posibilidad de impugnar con carácter incidental, en el marco del recurso de que disponen en virtud del Derecho nacional contra el acto administrativo por el que se establece su responsabilidad solidaria, la liquidación del IVA practicada de oficio y notificada previamente a la sociedad y contra la que esta no interpuso recurso dentro de plazo?

3)

En caso de respuesta afirmativa a la segunda cuestión prejudicial, ¿debe interpretarse el artículo 47 de la Carta en el sentido de que limita los motivos que los administradores pueden invocar en el marco de la impugnación incidental de la liquidación del impuesto practicada de oficio frente a la sociedad sujeta al impuesto, que le ha sido notificada, o bien en el sentido de que incluye todos los motivos, incluidos los relativos a la determinación de la deuda en concepto del IVA, como las apreciaciones de hecho que condujeron a la decisión administrativa de emitir una liquidación de oficio frente a la sociedad sujeta al impuesto, y los motivos puramente personales, como las posibles vulneraciones de derechos fundamentales cometidas en el curso del procedimiento de liquidación de oficio respecto a dichos administradores?


ELI: http://data.europa.eu/eli/C/2025/3030/oj

ISSN 1977-0928 (electronic edition)