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Recursos propios

Los recursos propios de la Unión Europea (UE) son las principales fuentes de ingresos del presupuesto de la UE. El gasto anual no puede superar los ingresos (es decir, se trata de un presupuesto equilibrado).

Existen cuatro tipos de recursos propios:

  • Tradicionales. Comprenden principalmente los derechos de aduana sobre las importaciones que llegan a la UE. A fecha de 1 de enero de 2021, las administraciones nacionales retienen el 25 % de los derechos percibidos para cubrir sus gastos de recaudación.
  • Basados en el impuesto sobre el valor añadido (IVA). Se aplica una tasa del 0,3 % sobre la base armonizada del IVA de cada país de la UE, limitada al 50 % de su renta nacional bruta (RNB), y se transfieren los importes a la UE.
  • Basados en la RNB. Cada país de la UE transfiere un porcentaje uniforme de la RNB a la UE. Este porcentaje se ajusta de modo que los ingresos globales se correspondan con el nivel acordado de pagos. Constituye la mayor fuente de ingresos de la UE.
  • Un nuevo tipo. A partir del 1 de enero de 2021, un nuevo recurso propio de la UE consistirá en una contribución de los países de la UE en función de las cantidades de residuos de envases de plástico no reciclables.

A lo largo de los años, se han introducido mecanismos para corregir las contribuciones consideradas excesivas por parte de ciertos países; a fecha de 2021, Dinamarca, Alemania, Países Bajos, Austria y Suecia se benefician de dichas correcciones.

En diciembre de 2020, como parte de la adopción del marco financiero plurianual para 2021-2027 y del paquete de medidas de recuperación, el Consejo adoptó una Decisión relativa a los nuevos recursos propios (Decisión [UE, Euratom] 2020/2053). Este nuevo acto elevará la cantidad máxima de recursos de países de la UE que pueden movilizarse en un año determinado para financiar el gasto de la UE (límite máximo de los recursos propios) del 1,20 % al 1,40 % de la suma de RNB de los Veintisiete. Además, refleja la integración del Fondo Europeo de Desarrollo en el presupuesto de la UE y aborda la salida de la UE del Reino Unido, ex contribuyente neto al presupuesto.

La Decisión (UE, Euratom) 2020/2053 también faculta a la Comisión, con carácter excepcional, a contraer temporalmente empréstitos en los mercados de capitales por un valor máximo de 750 000 millones de EUR a precios de 2018, con el fin de hacer frente a las consecuencias de la crisis ocasionada por la COVID-19. De forma paralela, con carácter excepcional, se incrementará temporalmente el límite máximo de los recursos propios en 0,6 puntos porcentuales con el fin de hacer frente a todos los pasivos de la UE derivados de los empréstitos hasta que todos dichos pasivos se hayan extinguido.

Para que la Decisión entre en vigor, es preciso que los 27 países de la UE la aprueben con arreglo a sus requisitos constitucionales.

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