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Países candidatos

El Consejo Europeo concede a un país el estatus de «país candidato» sobre la base de un dictamen elaborado por la Comisión Europea a raíz de la solicitud de adhesión de dicho país a la Unión Europea (UE).

Este estatus no da al país el derecho a adherirse a la UE de forma inminente. La Comisión valora la solicitud conforme a los criterios de adhesión (criterios de Copenhague) y las negociaciones de adhesión solo se inician si existe una decisión unánime del Consejo Europeo.

Dependiendo de las circunstancias del país, el país candidato puede tener que iniciar un proceso de reforma para adaptar su legislación al conjunto de leyes y normas de la UE (conocido como acervo), así como mejorar su infraestructura y administración. Durante el proceso de adhesión, el país candidato recibe asistencia financiera y técnica para ayudarle a prepararse para el ingreso en la UE.

Desde 2007, la UE utiliza el Instrumento de Ayuda de Preadhesión como medio de asistencia financiera y técnica en la región objeto de la ampliación para realizar las reformas necesarias. La última versión del instrumento, el IPA III, se adoptó en septiembre de 2021, luego de haber dado los pasos necesarios a nivel técnico tras el acuerdo político alcanzado con el Parlamento Europeo y el Consejo de la Unión Europea el .

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